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Fallos: 193:369 de la CSJN Argentina - Año: 1942

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MARIO SAENZ v. PROVINCIA DE BUENOS AIRES :

AFIRMADOS.
CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionelidad e inconstitucionalidad. Impuestos y contribuciones provinciales. Afirmados.

DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES: Derecho de propiedad. — Igualdad, La contribución de mejoras sólo se justifica por razón del beneficio particular que recibe el contribuyente, debiendo existir entre ambos una prudente equivalencia para que la primera no importe una confiscación,

AFIRMADOS.
CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. !upuestos y contribuciones provinciales. Afirmados.

DERECITOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES: Derecho de propiedad. — Igualdad.

La contribución de pavimentos que excede al beneficio que recibe la propiedad afectada y representa más de la tercera parte del valor del inmueble, importa una exacción violatoria de los arts. 16 y 17 de la Constitución Nacional.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Corresponde este caso a la jurisdicción originaria de V. E., por ser una provincia la parte demandada, tener el actor su domicilio en esta ciudad, y haberse puesto en tela de juicio la constitucionalidad de la ley provincial de pavimentos núm. 4.125.

El fondo del asunto se reduce a determinar si la suma que se exigió al actor por concepto del precio del pavimento, resulta o no extorsiva, atento el valor de los predios afectados. Tal cuestión, por su naturaleza, queda totalmente librada al criterio del juzgador. Me limitaré, pues, a dar por reproducidos los reparos que

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Año: 1942, CSJN Fallos: 193:369 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-193/pagina-369

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