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Fallos: 193:360 de la CSJN Argentina - Año: 1942

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incumplimiento de sus tareas de fiscalización, comienza a correr una vez dictada la resolución condenatoria por la Contaduría General en el juicio de cuentas y de veneido el plazo fijado en el art, 74 de la ley de contabilidad,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, agosto 12 de 1942.

Y vistos: Los autos seguidos por don Rómulo Rosso contra la Nación, sobre repetición, venidos por el recurso ordinario de apelación concedido al actor contra la sentencia de la Cámara Federal de Córdoba de fs. 220, que desestima la demanda.

Considerando:

IL Que al efectuarse el 4 de abril de 1923 un arqueo en la tesorería del distrito 11 de Río Cuarto, Provincia de Córdoba, de la Dirección General de Correo y Telégrafos de la Nación, se comprobó la existencia de un déficit importante, instruyéndose por ello el correspondiente sumario administrativo en el cual, por resolución del 25 de azosto de 1925, el Director General de Correos y Telégrafos, considerando "que el jefe del mencionado distrito, don Carlos Saguí (de quien era fiador el actor en este juicio, don Rómulo Rosso) no ha cumplido con sis obligaciones administrativas... pues no ha fiscalizado debidamente la labor del contador interventor y del tesorero, depositando en ellos una ¡Mimi tada confianza que favoreció la comisión de las irregularidades puntualizadas..."; "que por consecuencia... el Jefe Sr. Saguí debe compartir subsidiariamente la responsabilidad en los déficits..." decidió, entre otras cosas "declarar subsidiarinmente responsable del

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Año: 1942, CSJN Fallos: 193:360 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-193/pagina-360

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