año, nuevamente se presenta y reitera su pedido (notas de fs. 1, expedientes 13.985 y 19.793). Se pasa a informe de "Crédito Público", contaduría y asesoría letrada. Esta en su informe de fs, 9 hace notar que la presentante retiró su oposición con respecto a los títulos a que se refieren los certificados presentados por Detry (rota del 20 de enero de 19:28 ), dejándola subsistente únienmente sobre los 128 títulos no reclamados por nadie, respecto de los cuales únienmente tendría derecho a pedir que se restablezca ol procedimiento que dió por terminado el deereto del 11 de enero, Por nota del 16 de abril de 1934 Ia compañía Tornquist vuelve a insistir sobre lo mismo (fs. 11) y la asesoría letrada reproduce su dictamen anterior reconocióndole únicamente el derecho respecto a los 128 títulos, o sea excluyendo los 109 del reclamo de Detry. (Exp. 68.397).
6") En 20 de octubre de 19365 se presenta Benvenuto y Cía. pidiendo al Ministerio de Hacienda el emje de 24 títulos que ha adquirido y que los enumera y el pago de sus intereses, resultando que éstos por su numeración están comprendidos entre los 109 de la presentación de Detry. Dice que una vez terminado este reclamo por el deereto del 11 de enero de 1927, cireularon libremente en la holsa y merendos financieros, donde él los adquirió legítimamente (nota de fs. 1, expediente 31.850). Informando al respecto In asesoría letrada dice que estos títulos están efectivamente al amparo de aquel deereto y que la misma compañía Tornquist los excluyó de su oposición, por lo cual no ve inconveniente alzuno en que sean canjeados y se abonon sus servicios atrasados. A fs, 14, después de algunas tramitaciones, el asesor letrado reitera sn opinión, la que es compartida por el fiscal de estado a fs. 14 via.
7) El P. E, no obstante los dictámenes precedentes, revoca el 12 de septiembre de 1940 el deereto del
Compartir
79Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1942, CSJN Fallos: 192:372
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-192/pagina-372¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 192 en el número: 372 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
