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Fallos: 192:257 de la CSJN Argentina - Año: 1942

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instancia en las mismas jurisdicciones de la primera nominación, serunda seeretaría de la Provincia de Santa Fe, primera eireunseripción judicial, Ronerro Reretro — ANTONIO Sa
GARNA — Lis Linares — B.

A. Nazar ANCHORENA — F.
Ramos Mesía,
DE TELLA Lrva, y. CARLOS EDUARDO Y AIDA
DE CARLI
JURISDICCIÓN: Conflictos entre jueces.

Planteada entre dos jueves una situación contradictoria que no puede ser resuelta dentro de las organizaciones judiciales de que aquéllos forman parte, procede la intervención de la Corte Suprema de acuerdo con lo dispuesto en el art, Y de la ley 4055.

JIUNISDICUION: Fuero ordinario, Comercial.

PRENDA AGRARIA.
El juez ante quien tramita la ejeeución prendaria es el competente para resolver las enestiones sobre preferencia en el pago de los eróditos que se susciten entre el acreedor prendario y los que se mencionan en el art. 14 de la ley 6414, JURISDICCIÓN: Fuero ordinar"». Comercial.

PRENDA AGRARIA:
La circunstancia de que los objetos gravados con prenda agraria hayan sido vendidos en virtad de lo dispuesto en un juicio sobre cobro de alquileres, no es óbice parn que el importe así obtenido —y la cosa misma, si la enbasta ha sido anulada por falta de integración del precio por parte del comprador— sea puesto a disposición del juez de la ejecución prendaria para que resuelva si el aercedor por alquileres tiene o no derecho para cobrar con preferencia al prendario,

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Año: 1942, CSJN Fallos: 192:257 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-192/pagina-257

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