De ello resulta que, es materia atingente a la solución de esta enusa, la que plantea el problema de la individualización de la fuente de donde proviene el rédito cuestionado, o sea, que corresponde determinar de acuerdo a las peenliares modalidades que caracterizan a In cinematografía, enál es el capital en explotación, productor del rédito, que la aetora, está conteste en que es materia gravable, 3" — Que como conclusión "a priori" sobre esta enestión eabe establecer que el reconocimiento que la netora hace sobre la procedencia en principio del impuesto a la ley 11.682, lleva también, como reconocimiento necesario y formal, el de que la fuente de donde proviene dicho ródito, es argentina, puesto que según dijimos, admitir el supuesto de fuente extranjera, importaría también la negativa rotunda de la proeedeneia del gravamen (art, 1, ley 11.682), Veamos entoners, de acuerdo a las modalidades propias de la explotación cinematográfica y del reconocimiento expreso de la actora, enál es a los fines de la ley 11.652, la fuente de donde proviene el rédito en enestión.
4 — Que según así resulta de la ilustrada exposición de la anetora y de lo que al respecto enseña la técnica comercial de la Producción y explotación cinematográfica, la industria del film, se divide en ties faces principales y distintas: a) su producción; b) su distribución, y e) la exhibición de las películas. A su vez la distribución admite también tres faces distintas: a) la distribución en el país de produeción y para el mismo; b) la distribución en el país de producción y para el extranjero; y €) la distribación en, y para el a Cada una de estas faces de la producción y de la explotación, requieren para su realización, In constitución de otras tantas empresas enpitalistas, independientes o ligadas entre sí, tal como ejemplifiean en el sub lite, el propio caso de la compañía actora y el de su distribución local, independientes en absoluto de la compañía productora de los films, que luego se explotan en esta República y reditúan en ella el beneficio bis.
endo con si exhibición, El desenvolvimiento simultáneo que Hevan a cabo estas empresas, en base a la existeneía de una misma pelicula, se debe a que el fi/m, original o matriz, se reproduce en tantas copias como sean necesarias para atender la distribución mundial que de ellas se haee desde los Estados Unidos, Esta particularidad es la que ha determinado en todo el mundo, 1 organización de eompañías que tienen a su eargo la distribu.
ción y exhibición de las distintas copias de las pelíenlas ori ginales, dichas eompañías realizan la explotación ligadas en
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Año: 1941, CSJN Fallos: 190:551
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