" FALIOS DE LA CORTE SUPREMA tal Federal, aprobado por el Poder Ejecutivo de la Nación antes de la sanción de aquella ley, e invocado por la Dirección Nacional de Vialidad en la demanda sobre expropiación promovida conforme a la ley No 12.134, 
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, julio 16 de 1940. 
Y Vistos: Para resolver en definitiva estos autos seguidos por la Direeción Nacional de Vialidad contra Gregorini, Eduardo y otros, s. expropiación (Memoria Descriptiva No 260 y 260 bis); y Resultando :
Que a fs, 11 se presenta la Dirección de Vialidad por medio de apoderado, entablando demanda contra don Eduardo L., don Emiliano L, y don Humberto Gregorini y Elisa Gregorini de Islas, o quién resulte en definitiva propietario, por expropiación del inmueble ubieado en esta Capital, Avenida General Paz, entre Cossio y Caaguazú (ambas proyectadas), a los 65,72 ms, desde el mojón N° 16 huela el SE., cuya exacta ubicación, dimensiones y linderos inserta en la memoria deseriptiva de fs, 1 y planos de fs, 2 y 3. Al efecto invoea las leyes N" 2059, 4506, 11.658 y 12.134; y a fin de justificar haber hecho el depósito que manda la ley N" 189, acompaña la correspondiente boleta de depósito del Baneo de la Nación Argentina, consignando la suma de $ 46.391.40 m/n., de acuerdo asu valuación para el pago de la contribución territorial; y en virtud de lo dispuesto en el art. 4° de la Ley N° 189, dado el caso de urgeneia, pide la posesión inmediata del inmueble expropiado, lo que se efectúa a fs. 19 sin oposición. Finalmente hace presente la existencia de un convenio con la Munieipalidad de la Capital, aprobado por el P. E. Nacional, pidiendo su remisión, A fs. 22 se presentan los demandados por medio de apo.
derado, solicitando se convoque a las partes al juicio verbal preseripto por el art, 6? de la ley N" 189 y hace diversas consideraciones sobre la inaplicabilidad del convenio recordado por la Dirección Nacional de Vialidad.
Producido un incidente sobre la inaplicabilidad del convenio aludido, es resuelto en definitiva por la Cámara Federal a ds. 68, confirmando la resolución de primera instancia que declaró la nulidad de las actuaciones de fs, 24 a 51 vta.
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Año: 1941, CSJN Fallos: 190:492 
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