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Fallos: 190:204 de la CSJN Argentina - Año: 1941

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E
E 2 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, julio 7 de 1941.

Autos y Vistos: Considerando:

Que según es jurisprudencia de esta Corte —Fallos: 186, 74; 187, 460— en los casos en que existe pleiñ to ante los tribunales ordinarios, en el cual puede encontrar amparo el derecho del peticionante, no procede el recurso extraordinario contra una decisión recaída en la ejecución en que aquél es extraño.

Que como resulta de la relación de antecedentes contenida en el precedente dictamen del señor Procurador Ceneral, es lo que acontece en la especie (yv.

fs. 376 vta., otro sí; y exhorto de fs, 377).

En su mérito y de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General se desestima la queja interpuesta por don Francisco Sícoli.

Ronenro ReretrtO — ANTONIO Sacanxa — Luis LiNAREs —
B. A. Nazan ANCHORENA.

JULIO C. BORDA v. PROVINCIA DE CORDOBA
E EMBARGO: Substitución.

La substitución del embargo decretado, por los reeursos destinados para el actor en la ley de presupuesto aun no sancionada, equivale al levantamiento de aquél y es imi procedente.

E:

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Año: 1941, CSJN Fallos: 190:204 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-190/pagina-204

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