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Fallos: 19:357 de la CSJN Argentina - Año: 1877

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El Juez mandó practicar estas diligencias, para mejor proveer; cuando se presentó D. Justo Solá por el General Lopez, y se lé tuvo por parte.

Solá pidió la núlidad de lo obrado.

Fallo del Juez Seccional.

Paraná, Junio 19 de 1877, Vistos y considerando: que lo espuesto por el apoderado de D. Juan Pablo Lopez, pidiendo la nulidad de lo obrado en el presente juicio es inexacto. — 1° Porque las leyes vigentes á la determinacion de los casos en que los litigantes incurren en rebeldía deben interpretarse siempre restrictiva= mente, mucho mas cuando el demandado ha sido citado y emplazado, tendiendo á negar en adelante toda audiencia, por lo que tambien es fatal el término de las veinte y cuatro horas acordado por ley (fallos de la Córte Suprema, cansas LXII, LXVILI, CXXVII, T. 111, Sér. 11); —2' que por otra parte, la cita hecha por el mismo apoderado del art.

20, ine. 5, Sec. 2", Parte 2" del Lib. 2° del Código Civíl, es inconducente al caso, desde que la citacion hecha 4 Lopez para reconocer las cuentas de fs. 4,9 y 13 por el escrito de f. 17 se hizo en mérito del poder otorgado por el mismo Lopez que corre á f. 11; y lo es tanto mas, cuanto que solamente no puede acusarse rebt ía á la parte que, antes de contestar, ha deferido posiciones, admitidas por el Juzgado, mientras no sean absueltas (Causa 49, Sér, 2", Tomo 4° de los citados fallos). Por tales fundamentos no ha lugar á lo solici» tado. Y respecto á que no aparece de autos haberse interpuesto ni admitido demanda en forma, sinó únicamente el comparendo de Lopez para que reconociera las cuentas citadas escrito citado de f... ), comparendo, sobre el cual se ha in

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Año: 1877, CSJN Fallos: 19:357 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-19/pagina-357

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