JUSTICIA DE NACIONAL 23 Falle de la Suprema Corte.
Buenos Aires, Abril 10 de 1877.
Vistos: por sus fundamentos se confirma la sentencia apelada de foja doscientos treinta y seis, reformándose en cuanto á la condenacion al demandante en las costas que serán pagadas, cada parte las suyas y las comunes por mitad ; satisfechas las de la instancia y respuestos los sellos, devuélvanse los autos.
JOSÉ BARROS PAZOS. — J. B. GO-
ROSTIAGA. — S. M. LASPIUR.
—-ae—
CAUSA XLI.
" D. Pablo Matianich y otros contra Matti y Piera, por cobro ejecutivo de pesos.
Sumario.—4° La prescripcion de los sueldos y salarios de la tripulacion no corre cuando hay cuenta arreglada, 2" La imputacion de pago una vez hecha no puede ser revocada, ni impugnada.
Compartir
95Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1877, CSJN Fallos: 19:23
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-19/pagina-23¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 19 en el número: 23 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
