tas ála oposicion deducida por Aveleyra, y declarando en su consecuencia chancelada la hipoteca de D. Alejo Aveleyra, debiéndose tomar razon de dicha chancelucion en la oficina de hipotecas, y estenderse la escritura de venta como está ordenado" Hágase saber original, y repóngase los sellos.
Isidoro Albarracin.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Julio 17 de 1877.
Vistos: por sus fundamentos se confirma, con costas, el auto apelado de foja ciento trece; y satisfechas y repuestos los sellos devuélvanse.
JOSÉ BARROS PAZOS.—J. B. GO-
ROSTIAGA.—J. DOMINGUEZ.— 5.
M. LASPIUR.
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Año: 1877, CSJN Fallos: 19:184
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