la circunstancia de que sólo una parte de los artículos fuera necesaria para iniciar el funcionamiento de las máquinas, quedando el resto para ser utilizados como repuestos, ni porque los objetos declarados como destinados a determinadas máquinas lo fueran a otras de la misma fábrica,
ANTECEDENTES
La Compañía Sudamericana de Cemento Portland pidió a despacho ante la Aduana de Santa Fe 63.653 Ke. de ener.
pos moledores eóneavos y 757:47 Ky, de bolas de acero para los molinos de erudo y cemento y cuerpos moledores cilíndricos. con liberación de derechos por estar destinados a la fábrica de cemento de propiedad de la compañía, a instaae Sa la Provincia de Salta —arts, 3, ley 11,588 y 33 ley Después de concedida la liberación e introducidos los materiales, se comprobó a raíz de una denuncia, que los enerpos moledores cóneavos —despachados con liberación de derechos por haberse declarado como parte integrante de un triturador °Dodre", incluido en el despacho— estaban en realidad destinados a dos molinos "Compeb", así como también que de los 757.47 Kg. de bolas de acero y cuerpos moledores, sólo 100.000 constituían la dotación normal de los molinos de la compañía, por lo que el resto de 657.47 debía ser considerado —a juicio de la Administración— como repuestos exeluídos de las franquicias con que la ley 12.345, art. 33, favorece al cuerpo principal, Por ello, el Ministro de Hacienda, al resolver los recursos deducidos por la compañía, por una parte, eon el objeto de que se declarase la improcedencia del cobro del impuesto, y por el denunciante por la otra, con el fin de obtener la revoeación de la resolución de la Aduana que no aplicaba sanciones penales por entender que en el caso no existín falsa manifestación, decidió que la declaración de que los 657.347 Kg. formaban parte integrante de una máquina eximida de tributar derechos, había permitido la libre introducción y constituía una infraceión formal penada por los arts, 1025 y — 1026 de las O. O. A, A., ya que hubiera producido una disminución de la renta, en el caso de no haberse desenbierto la infracción; que también había existido falsa declaración respecto de los 64,683 Kg. de cuerpos moledores cónenvos, «que habían sido declarados como pertenecientes a una máquina triSurudora °° Dodge" que no los utiliza porque es una trituradora
Compartir
76Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1940, CSJN Fallos: 187:668
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-187/pagina-668
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 187 en el número: 668 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos