Juez que entiende o entendió en la última — Fallos:
127, 296; 184, 660. .
Que en el presente juicio donde la nuera demanda al suegro y a un terecro por simulación de actos jurídicos cometidos en perjuicio de la sucesión de que es administradora provisoria, no cabe duda de que el fuero de atracción establecido por los artículos citados priva sobre el que acuerda a los extranjeros y a los vecinos de distintas provincias el art. 2, ine. ?, de la ley N" 48.
En su mérito y de acuerdo con lo dictaminado y pedido por el señor Procurador General de la Corte —.
se declara que es Juez competente para conocer en el incidente formado por la sucesión de Francisco Moreno y otra contra Miguel Moreno y José López el de lo Civil y Minas de la ciudad de Mendoza a quien se remitirán los autos hacióndose saber en la forma de estilo al de lo Civil, Comercial y Minas de la ciudad de San Juan, Repóngase el papel.
Rorerro ReretTO — ANTONIO SaGARNA — B. A. Nazar AnCHORENA — F, Ramos Mesía,
LAURA Y, DE ESCALADA v. OBRAS SANITARIAS DE
LA NACION
JURISDICCION: Fuero federal. Por la materia. Constitución, leyes nacionales y tratados.
La justicia federal es competente por razón de la materia para conocer en la demanda sobre repetición de lo pagado voluntariamente en eoncepto de un impuesto impugnado como inconstitucional (').
1) Fecha del fallo: julio 12 de 1940. Ver Fallos: 188, 314.
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Año: 1940, CSJN Fallos: 187:223
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