MARIO VERNENGO LIMA v. CAJA DE JUBILACIONES
DE EMPLEADOS CIVILES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal. Casos. Leyes del Congreso.
Procede el recurso extraordinario contra la sentencia definitiva- que desestima un derecho fundado por el apelante en una ley nacional.
JUBILACION DE EMPLEADOS NACIONALES: Fondos de la Caja.
A los efectos del descuento establecido en el art. 4° de la ley N° 4349 debe ser computado, además del sueldo fijo, el importe del por ciento asignado por el Banco de la Nación Argentina a sus abogados sobre las sumas cobradas por créditos en ejecución.
JUBILACION DE EMPLEADOS NACIONALES: Fondos de la Caja.
El ine. b) del art. 16 del decreto reglamentario de la ley N° 11.923 no excluye del cómputo al importé del por ciento asignado por el Banco de la Nación" Argentina a sus abogados sobre las sumas cobradas por créditos en ejecución, y se ajusta en cuanto a ese punto a lo dispuesto en el art. 86, ine. ?° de la Constitución Nacional.
DICTAMEN DEL ProcuraDOR GENERAL
Suprema Corte:
El recurso extraordinario es procedente en este caso, por haberse cuestionado la inteligencia de disposiciones de dos leyes especiales del Congreso y ser la sentencia definitiva dictada por la Cámara Federal coutraria al derecho que invocaba el apelante.
He aquí lo discutido. El actor desempeña funciones de abogado jefe en el Banco de la Nación, percibiendo como retribución de las mismas, un sueldo fijo y además
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Año: 1939, CSJN Fallos: 185:53
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