a las propiedades sujetas a él para responder a exigencias del estado, y es lícito a la legislatura hacer de una manera indirecta lo que está facultado para hacer directamente (17 How 456; 184 U. S. 156; 219 U. S.
140; C. S. Fallos: t. 117, pág. 22)".
"Una ley de impuesto que se aplica a las herencias cuyos testamentos habían sido homologados antes de su sanción, pero cuyos bienes han de ser distribuídos después de la ley no es inconstitucional — Gelsthorpe v!. Furnelle 20 Mont 299, citado por Coorey "On Tazation"" t. 1" pág. 493 nota 1, tercera edición" (Fallos: tomo 152 pág. 268 ).
En los fallos del tomo 172 pág. 21 y 291, recaídos en los pleitos sobre inconstitucionalidad de la ley de moratoria hipotecaria, el Tribunal decidió que la ley posterior pod'a modificar los contratos anteriores en cuanto a su plazo y al interés convenido cuando una razón de orden público así lo exigiese y es claro que el interés de los acreedores hipotecarios en aquellos casos no es menos respetable que en el actual, donde sufrirá desmedro por una ley de impuestos que, lógicamente no se podía prever en los cálculos de las partes, desde que se había contratado bajo una promesa legal de no imponerlos.
Pero es indudable fuerza el argumento del recurrente fundado en la categórica promesa de la ley N° 2763, en la última parte del art. 35, cuando dice:
"exceptándose las cancelaciones de hipotecas que no pagarán impuesto en ningún caso", porque no se trata ya de una eventualidad que las partes, en sus re'aciones privadas, pueden prever o no, respecto al ejercicio por parte del Estado de su facultad — no comprometida — de crear impuestos o restricciones a las ganancias aunque sean perfectamente lícitas; se trata de una
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Año: 1939, CSJN Fallos: 185:173
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