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Fallos: 183:215 de la CSJN Argentina - Año: 1939

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Central Argentino v, Comisión de Fomento de Santa Teresa", sentencia de febrero 10 ppdo., para admitir, modificando una reiterada jurisprudencia anterior, que puede traerse a la Corte recurso extraordinario contra sentencias dictadas en juicio de apremio, sin el previo pago, por el deudor, de los impuestos que se le reclaman, En consecuencia, sí V. E. mantiene el expresado criterio, corresponderá abrir el recurso que ahora se trae por vía directa. Buenos Atres, marzo 6 de 1939. — Juan Alvarez.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, marzo 22 de 1939.

Autos y Vistos: Considerando:

Que en la especie median razones análogas a las que sustentaron la apertura del recurso eh la causa "F, E. C. A", recurso de hecho en el juieio de apremio que le sigue la Municipalidad de La Banda" — Fallos: tomo 182 pág. 293 — siendo también aplicable la doctrina del caso transcripto en el tomo 112 pág. 5 de la colección de los pronunciamientos del Tribunal, En su mérito y de acuerdo cor lo dictaminado por el señor Procurador General se declara mal denegado el recurso interpuesto a fs. 37. En consecuencia, Autos y a la oficina a los efectos del art. 8" de la ley n 4055.

Señálanse los lunes y jueves o el siguiente día húbil si alguno de aquéllos no lo fuere para notificaciones en Secretaría. Repóngase el papel.

Antonio Sacanxa — Luis Le NARES — B. A, Nazan Ancuoresa — F. Ramos Mesía.

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Año: 1939, CSJN Fallos: 183:215 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-183/pagina-215

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