BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES: REGI-
MEN — EMPLEADOS DE COMERCIO: DESPIDO,
Sumario: Ta Provincia de Buenos Aires tiene facultades para erear o modificar leyes que se refieren al estatuto personal de los empleados del Banco de la misma de su exclusiva jurisdicción, y, entre ellas, leyes de amparo, de previsión y de retiro; no puede ser afectada por las leyes nacionales que se refieran a esas materias, ni es aplicable a dicha institución la ley N° 11.729, sobre despido de empleados de comercio (').
Juicio: Portas José y. Baneo de la Provincia de Buenos Aires s. indemnización por despido,
LEY DE SELLOS: EXENCIÓN — IMPUESTOS: INTER-
PRETACION DE LEYES IMPOSITIVAS,
Sumario: 19 El recurso ante la Corte Suprema no se halla comprendido en la liberación del sellado que se acuerda a las actuaciones ante la justicia de paz, 2 Las excepciones a las leyes impositivas no pueden erearse por implicaneia o por inferencia sino que deben aparecer fuera de razonable duda.
Juicio: Sierra Felipe v. Cía. Ind. del Caucho $, A. s. cobro de pesos.
Caso: Resulta del siguiente:
— (1) Pecha del falla: septiembre 16 de 1936. En igual sentido, Fallos: 170, 12.
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Año: 1938, CSJN Fallos: 181:412
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