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Fallos: 180:275 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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RECURSO EXTRAORDINARIO: IMPROCEDENCIA —

SENTENCIA DEFINITIVA.
Sumario: No siendo definitiva la sentencia según la cual sólo por querella del elector o ciudadano, puede instruirse un proceso para investigar supuestos delitos de violación de urnas en el Correo, no procede el recurso extraordinario deducido contra ella por el demandante y fundado en que est interpretación es contraria al derecho que funda en' la ley NY 8871, para exigir el trámite de la denuncia.

Juicio: Cardozo, Angel Daniel, denuncia violación de urnas en Rosario. ; Caso: Resulta de las piezas siguientes :

Tu DICTAMEN DEL Procuranor GENERar Suprema Corte:

Con fecha 4 de setiembre del año ppdo,, la mesa directiva del comité departamental del partido Unión Cívica Radical en Rosario, hizo saber al apoderado de dicho partido, Dr. Angel Daniel Cardozo, que debía ""en el plazo de una hora plantear acusación eriminal"" contra el jefe de policía de dicho Departamento, Don Juan Carlos Cepeda y el Sr. Carmelo Galotto, a quienes imputaba un plan de violencias a desarrollarse en los próximos comicios nacionales (fs. 1). Cardozo, en vez de asumir el rol de querellante conforme al mandato recibido, prefirió limitarse a denunciar los hechos (fs. 3 y 4); y designada la audiencia que prescribe el art. 91 de la ley 6.871, a fin de oir la acusación y la defensa, tam compareció, limitándose a ratificar y ampliar su cdo por medio de un escrito. Habiendo en tales condiciones solicitado el Procurador Fiscal la práctica de algunas diligencias probatorins (fs. 11), el

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Año: 1938, CSJN Fallos: 180:275 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-180/pagina-275

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