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Fallos: 180:272 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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273 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA conocer. Corresponde, en consecuencia, desestimar el recurso extraordinario que por vía directa se intenta, — Buenos Aires, abril 21 de 1938, — Juau Alvorez,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, abril 27 de 1938, Antos y Vistos: La queja que por apelación extraordinaria denegada han traído los sucesores de don Avelino Rolón, en el juicio del Baneo de la Nación Argentina contra el mencionado Rolón por ejecución hipotecaria. Los sucesores José Avelino Rolón, María Camila Rolón de Repetto y otros dijeron de mlidad de la ejecución seguida contra su enusante sobre bienes que a ellos les pertenecían, sin dárseles Ia pertinente intervención. El Juez de 1" Instancia y la Cámara Sogunda de Apelaciones en lo Civil rechazaron la demanda e interpuesto el recurso extraordinario, este último tribunal lo denegó en virtud de no ser el caso del art. 14 de la ley N° 48 — fs. 198, 223, 249 y 256 vía. — y Considerando :

El señor Juez de 1" Instancia en la sentencia de fs, 22, que la Cimara 2' confirmó por sus fundamentos, se funda — para desestimar la neción — en la solidaridad expresamente declarada por los hijos de don Avelino Rolón en el convenio celebrado con el Banco de la Nación Argentina según escritura de fs, 1 y siguientes y en lo preceptuado por los arts. 69, 701 y 705 del Código Civil. En dicho doenmento, en efecto, los reenrrentes declaran que "en su earúcter de condóminos, en garantía de las deudas del deudor, otorgarán hipoteca a favor del Baneo de la Nación Argentina, por sí

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Año: 1938, CSJN Fallos: 180:272 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-180/pagina-272

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