nientes de falta de cumplimiento de un contrato de provisiones para el vapor Venezia, y por una detencion arbitraria en el Rosario de Santa Fé, y de que resulta:
1 Que en Noviembre de 1874 celebraron un contrato por el término de un año, entre las partes litigantes, por el cual se comprometió Cazús á hacer la proveeduría del vapor para la mesa de pasageros y tripulacion por una cantidad fija por cada uno, pagadera al fin de mes (documento f. 4.) 2 Que despues de dos meses fué bajado de á bordo del Venezia y preso en el Rosario de Santa Fé por órden de los señores Brugo é hijos, quedando así imposibilitado para cumplir el contrato por culpa de los dueños del vapor.
3" Que no habiéndole pagado las provisiones hechas en Noviembre y Diciembre y retenídosele 4 mas las mecaderías que tenia para hacer el suministro de Enero, venia en demandar su valor, y ademas como indemnizacion de daños y perjuicios por la provision el importe de la cuenta de f. 3.
4" Que corrido traslado de la demanda Brugo € hijos niegan que seles deba por provisiones hechas, que ellos sean responsables de la prision y por tanto de la falta de cumplimiento del contrato.
5° Que en este estado se recibió la causa á prueba sobre la justificacion de Jas partidas de las cuentas de f. 3 por las provisiones suministradas y daños y perjuicios provenientes de la prision y consiguiente falta de cumplimiento del contrato y sobre la ilegalidad de la detencion en el Rosario y responsabilidad de los señores Brugo € hijos en ese acto.
8" Que 4 este objeto se ha rendido la prueba instrumental fs. 31 y 72, el informe de f. 50 y posiciones de f. 64 y la testimonial de fs. 87 4101 vta.
Y considerando:—1° Que están contestes las partes en que el contrato de provision de f, 4 dejó de cumplirse por haberse detenido á Cazús, en el Rosario, en virtud de arresto ordenado
Compartir
74Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1876, CSJN Fallos: 18:442
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-18/pagina-442¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 18 en el número: 442 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
