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Fallos: 18:435 de la CSJN Argentina - Año: 1876

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CAUSA XXIII.
D. Rogue Cainzo contra D. Miguel Bancalarí, por cobro de pesos.

Sumario.—La excepcion de inhabilidad del título, opuesta contra una escritura pública de plazo vencido que contiene cantidad liquida en moneda corriente, base cierta para su reduccion á metálico, es infundada aunque se alegue que sus cláusulas se prestan á diversas intepretaciones.

Caso.—D. Miguel Bancalari compró á D. Roque Cainzo un campo en 1.398,800 y m/c.

En Agosto de 1875 Bancalari quedaba debiendo del precio la suma de 300,000 3 y con escritura pública se obligó á pagar á Cainzo en 31 de Diciembre de 1875 aquella suma, é intereses del 40 por ciento con la cláusula de deber hacer al vencimiento el pago en oro al cambio de 25 $ m/c. por uno, cualquiera que fuera el cambio en la fecha del pago. a Vencido el término; Cainzo demandó ejecutivamente en junio de 1876 el pago de 12,000 pesos fuertes en oro por ser este el equivalente de 300,000 $ m/e. al cambio en oro de 25 $ por uno.

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Año: 1876, CSJN Fallos: 18:435 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-18/pagina-435

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