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Fallos: 178:159 de la CSJN Argentina - Año: 1937

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Cámara Federal de Rosario, contra la sentencia dictada a fs. 18; y Considerando :

Que por sentencia firme de la Cámara Federal de Rosario, dictada el 26 de noviembre de 1928, Elías Abud fué condenado a la pérdida de la ciudadanía argentina, por no haberse enrolado dentro del plazo establecido en la ley No 11.286, Que no obstante la amnistía concedida por In ley 11.657, de septiembre 30 de 1932, para los que se enrolaran dentro del plazo fijado en su art. 2, Abud no ejerció ese derecho que le habría permitido readquirir la ciudadanía perdida.

Que sancionada la loy N" 12,348, el nombrado pretende acogerse a los beneficios de la misma, sin dar explicación alguna de su anterior silencio, Que para pronunciarse aceren de la procedencia del pedido, es necesario determinar previamente la eoxtensión y aleance de la ley invocada, El antecedente inmediato de aquélla es el proyecto del senador Serrey, que comprendía tan sólo a los ciudadanos que por haber estado fuera del país, no hubieran podido renovar sus libretas de enrolamiento en el plazo establecido por la ley N' 11.386, Ta Comisión de Negocios Constitucionales del Senado extendió la amnistía "a todos los infractores de la ley de enrolamiento, por cualquier causa, a fin de comprender casos dignos de igual consideración y de darle simplicidad" (Diario de Sesiones del Senado, año 1935, $. 11, púg. 393).

Aprobado ese despacho por la Cámara de Senadores, fué ampliado por la comisión respectiva de la

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Año: 1937, CSJN Fallos: 178:159 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-178/pagina-159

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