NOTAS
IMPUESTO AL CONSUMO — BEBIDAS ALCOHO. .
LICAS — INCONSTITUCIONALIDAD DE LEY
PROVINCIAL. :
Don Félix C. Aragone demandó a la Provincia de Buenos Aires, por devolución de $ 70.930.65 m/n, suma que aquélla le había cobrado por concepto de la ley N? 3907, y que él pagó bajo protesta. De conformidad con lo resuelto en juicios anteriores, y con lo dictaminado por el señor Procurador General, la Corte Suprema por sentencia de noviembre 4 de 1936, declaró que el impuesto cobrado al actor es contrario a los arts. 9, 10 11, 108 y 67 inc. 2? de la Constitución Nacional y condenó a la provincia a devolver al actor dentro de veinte días, la cantidad reclamada, con intereses y costas.
En el juicio seguido por Cabañas Hnos., García y Cía., Pérez Cuerda e Hijos y José Ferrero contra la Provincia de Buenos Aires, por devolución de $ 49.192.89 m/n cobrados indebidamente por concepto de la ley N' 3907 y pagados bajo protesta, la Corte Suprema, por sentencia de fecha noviembre 25 de 1936, y de acuerdo con lo resuelto en los juicios seguidos contra la misma provincia por la sucesión de don Luis Tirasso y por don Antonio Robotti y en otros ulteriores, resolvió declarar que el impuesto cobrado al actor es inconstitucional y condenar a la provincia a devolver la suma reclamada, con intereses y costas.
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Año: 1937, CSJN Fallos: 176:291
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