tin Torres sentó plaza en el regimiento Artillería de la Patria el 11 de Octubre de 1813 donde continuó hasta Enero de 1824 fecha ésta en que ya aparece con el grado de capitán.
Que el hecho de que según otro informe del mismo funcionario corriente a fs. 110 del expediente agregado, la compañía donde revistaba don Agustin Torres, se mantuviera de guarnición en Buenos Aires durante el trascurso de aquellos años, no es úbice para acordar la pensión, toda vez que la permanencia de aquella unidad en esta ciudad respondió, sin duda, a órdenes superiores y a exigencias de naturaleza militar o administrativa que en modo alguno dependieron de la voluntad del causante y cuya importancia puede ser, en ciertas circunstancias, por lo menos equivalente al servicio de campaña.
Que con las partidas corrientes a fs. 81, fs. 82 y 91 debidamente ratificadas por la Curia se ha comprobado que la actora es nieta del guerrero de la Independencia don Agustín Torres hallándose en estado de viudez al iniciar esta demanda.
En su mérito, oido el señor Procurador General y por los fundamentos de la sentencia Melada se la confirma en todas sus partes. Notifíquese y devuélvase, reponiéndose el papel en el Juzgado de origen.
Ronerto REretto. — ANTONIO SAGARNA. — Luis LINARES. — B. A. Nazar AnCIHOoRENA. — Jvas B. Terán.
Compartir
77Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1936, CSJN Fallos: 174:270
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-174/pagina-270¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 174 en el número: 270 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
