Por lo expuesto, pido a V. E. se sirva hacer lugar a la acción instauráada en cuanto se reclama de la provincia demandada el pago de los intereses de la obligación contraida por dicha provincia, Buenos Aires, Noviembre 7 de 1934.
Horacio KR. Larreta.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Septiembre 2 de 1935.
Y Vistos:
Los del juicio promovido por don Pedro Roth contra la provincia de Santa Fe sobre cumplimiento de la ley-contrato Ne 2036 de empréstito externo y cobro de pesos provenientes del mismo, y resultando:
1 Que el doctor Nicolás Halperin con poder hastante del señor Roth se presenta en 12 de Diciembre de 1932 y manifiesta lo siguiente :
La Legislatura y el Poder Ejecutivo de Santa Fe sancionaron y promulgaron las leyes Nros. 2010, 2011 y 2036, las dos primeras referentes a impuestos a las bebidas alcohólicas y a los talucos respectivamente y la tercera autorizaba la emisión de títulos por valor de 35.000.000 de pesos moneda legal, o 511 equivalente en moneda extranjera en oro, con servicio anual de 7 de interés y 3 de amortización acumulativa, quedando afectados a estos servicios los producidos de aquellos impuestos; la Dirección General de Rentas depositaria semanalmente el producido de éstos, en el Banco de la Nación Argentina, a la orden del Directorio Administrativo del empréstito 1922 y en cuenta especial denominada "Servicio Titulos Crédito Público de la pro
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Año: 1935, CSJN Fallos: 173:336
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