SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
Córdoba, Octubre 24 de 1933.
Y Vistos: e El recurso de apelación interpuesto por el representante del Banco TMipotecario Nacional, contra la sentencia de fecha 19 de Junio último, corriente a fs. 65, dictada por el señor Juez Federal de Tucumán, en el juicio que por cobro de pesos sigue Rafael Antonio Villagra Paz contra el Banco Hipotecario Nacional, en la que ha resuelto: hacer lugar a la demanda interpuesta por cobro de pesos, condenando al Banco Hipotecario Nacional a pagar al actor dentro del término de diez días de ejecutoriada la presente la suma que resulte correspondiente a treinta días de viático a razón de diez y ocho pesos por día, y la correspondiente remuneración especial a razón de doscientos setenta pesos mensunles, desde el diez y siete de Junio de 1929 hasta el 15 de Diciembre de 1930, Los intereses desde el día de la demanda, conforme a la tasa del Banco de la Nación y las costas del juicio, Considerando:
Que el actor demanda al Banco Hipotecario Nacional el pago de una remuneración extraordinaria que dice corresponderle en razón de las causas que expresa, y de conformidad a la reglamentación sobre viáticos, vigente en la repartición nombrada, Que los empleados del Banco Hipotecario Nacional como los del-Banco de la Nación y otras instituciones similares revisten el carácter de funcionarios o empleados públicos, según lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia en el fallo que se registra en el tomo 152 pág. 11 .
Que las relaciones jurídicas que derivan de tal condición esto es, su nombramiento, remoción, retribución, etc., no están
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Año: 1934, CSJN Fallos: 171:39
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-171/pagina-39
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