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Fallos: 170:238 de la CSJN Argentina - Año: 1934

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Por estos fundamentos y de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se revoca la sentencia apelada en la parte que ha podido ser materia del recurso. Notifiquese y devuélvanse al tribunal de origen donde se repondrá el papel.

Ronexro Rererto. — ANTONIO SaGARNA. — JULIÁN V. Pera, — Luis LINARES.

Don Federico Alvarez contra Marco Antonio Chiappe, por €otro ejecutivo de pesos. Excepción de incompetencia.

Sumario: Revistiendo en el caso la ejecución intentada por cobro de honorarios contra tn agente consular, caracteres de un incidente promovido en un juicio sucesorio que tramita ante la jurisdicción provincial, es ésta la competente para conocer en aquella, de acuerdo con lo que dispone el artículo 12 de la ley 48.

Caso: La explican las piezas siguientes :


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Mercedes, Octubre 20 de 1933.

Vistos y Considerando :

1" Que según lo expresa el presentante en su escrito de fs.

4, en el juicio seguido por don Federico E. Alvarez contra don Marco Antonio Chiappe, por cobro ejecutivo de pesos, que tra= mita por ante el Juzgado en lo Civil y Comercial del Departamen|! I

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Año: 1934, CSJN Fallos: 170:238 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-170/pagina-238

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