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Fallos: 17:424 de la CSJN Argentina - Año: 1875

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a FALLOS DE LA SUPREMA CORTE y Fallo del Juez de Seccion.

a Buenos Arres, Enero 14 de 1870, y Vistos y considerando: 1 DE en el caso actual se Lra ta de determinar las ganancias que correspondían á Ste — phens y Vonviller, á consecuencia dejla falla de enmplir miento del contrato sobre reparaciones del vapor «Conde dEu», cuestiones que por su naturaleza deben resolverse E por peritos arbitradores. A ? Que en este sentido se ha redactado la peticion de f.

E 284 en que se pide comparendo para el nombramiento de 5 árbitros arbitradores, que determinen las ¿anancias, 3 Que el acta de £. 258 espresa literalmente que nomR bran peritos arbitradores, presentes ambas partes y sus E respectivos letrados, lo que no puede permitir la alegación de ignorancia.

4" Que allí mismo se comprometen las partes á obedecer lo que los dichos peritos arbitradores resuelvan.

+ 5 Que tambien prescinden de la confeccion de la escri tura pública, formalidad que es mas necesaria para los jueces árbitros.

a 6 Que la nulidad alegada 4 f. 272, se funda en que los 7 peritos arbitradores carecen de fuenitad para pronunciar Re el laudo de f. 263 y de la confabulacion de ellos para perjadicar 4 Giró.

7 Que de ninguna parte de los autos puede deducirse a que hayan procedido con mero carácter ilustrativo.

po $" Que la confabulacion se reduce úlo que ha pasado en E el acuerdo, lo cual no constando de autos y siendo por su naturaleza secreto, no puede citarse como argumento, conÉ tra las sentencias.

a P Que la falta de reconocimiento del buque, el 10 ha

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Año: 1875, CSJN Fallos: 17:424 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-17/pagina-424

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