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Fallos: 17:347 de la CSJN Argentina - Año: 1875

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DE JUSTICIA NACIONAL 7 Este contrato estipulado en 14 de Julio de 18570, fué roscindida por la Municipalidad en 19 de Agosto de dicho año.

Raiz demandó ú Ia Municipalidad sobre cumplimiento del rontrato ante el.Juez de 1 Instancia de La Provincia de Buenos Aires, Dr. D. Luis Beliustegur.

Este declaró por sentencia de 13 de Enero de 1873. que la cansa era de carácter administrativo y que el Juzgado de P° Instancia era incompetente para conocer en ella. pus diendo Ruiz ocurcir á la Municipalidad y hiteer 50 vi enso hecesario del recurso que acuerda el articnlo :51 de da ley orgán za de la Municipalidad.

Confirmado este anto por el Tribunal Saperior, Teniz ocurrió al Juzgado Nacional reproduciendo ante ella demanda interpuesta contra la Municipalutmdl.

El Procneador Municipal opuso las escepeiones de cosa juzgada 6 incompetencia por haber sido prorogala la ju risdiccion provincial.

Fallo del Juez Seccional.

Buenos Arres, Noviembre 4 de 19757.

Vistos estos autos seguidos por 1). Juan José Ruiz, eiudadano oriental, contra te Municipatibad de la ciudad de Buenos Aires de los que resalta:

1 Que en raloree de Julio de mil orhocientos setenta, Raiz celebró con la Municipalidad el contrato DE en tex timonio corre 4 f. 2, comprometiéndose el primero a pra Vicar la estraccion diaria dela bastira derma parte del ma nicipio, mediante la remuneración permmiaria que se esta blece, y reservándose la segunda en la cláusule 13 el

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Año: 1875, CSJN Fallos: 17:347 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-17/pagina-347

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