E. DÉ JUSTICIA NACIONAL 223 | CAUSA XXIX. y x q D. Santiago Pedemonte, contra la Municipalidad de San Nicolds de los Arroyos, sobre reivindicucion. Incidente sobre prueba.
Sumario.—1° "Todo artículo ú incidente que ocurra pen- , diente en el término de prueba, produce el efecto de suspenderlo, :
3 Es regla de procedimiento que durante ese término i no debe hacerse otra cosa que producir las pruebas. y Caso.—I.a causa seguida por D. Santiago Pedemonte contra la Municipalidad de San Nicolás de los Arroyos, sobre reivindicacion de un terreno, fué puesta á prueba por ; el Juez de Seccion, y hecha la última notificacion del auto A respectivo el 17 de Setiembre de 1875, siendo el término | todo el ordinario.
Con fecha 9 de Octubre, el Procurador Campos por la Municipalidad pidió se librase oficio al Juez de 1° Instancia q de San Nicolás para que ante él se ratificaran unos testi- ] gos que habian declarado en una informacion que presentó 4 como parte de prueba en la enusa. 1 El juzgando con fecha 12 de Octubre proveyó de con- í El dia 14. D. Daniel Ocampo por Pedemonte pidió revo- |
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Año: 1875, CSJN Fallos: 17:223
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