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Fallos: 17:167 de la CSJN Argentina - Año: 1875

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Caso.—l). Gabriel Garcia y Fous, acusó á 1 Doroten Macho por baberse hecho entregar, haber abierto, leido y guardado en su poder, las cartas que el cartero habia le vado para dl á su domicilio; y pidió la aplicacion de In pena establevida por el articulo 51 de la ley nacional penal, reservándose la necion civil por daños y perjuicios, Conferida vista al Procurador Fiscal, éste dijo, que no era justiciable por los Tribunales Nacionales, el delito acusado: y que el artículo 51 citado, se refería á ln sustrneción de cartas de una valija ó de una oficina de Correos.

Callo del Juez Scecional, luenos Aires, Noviembre 15 :Je 1875, Por los fundamentos espuestos por ei Procurador Fisenl en su precedente vista, declárase incompetente este Juzgn de para conocer en esta caust, haciéndose saber, en sti conseruencia. para que el interesado ocurra donde corresponda, Andrés 7 garriza.

Fatlo de la Suprema Corte.

Huenos Aires, Febrero 15 de 1576, Vistos: por sus fondamentos se confirma con costas el anto apelado de foja tres; satisfechas las de Ia instancia y repuestos los sellos, devuelvanse, SanvaDon Marta pEL CARRIL. JosÉ Ban nos Pazos.—J. 1. GonostraGA, —J, Du
MINGUEZ. —SATURNINO M. LASPIUE.

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Año: 1875, CSJN Fallos: 17:167 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-17/pagina-167

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