Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 17:113 de la CSJN Argentina - Año: 1875

Anterior ... | Siguiente ...

OE A eo e Ce RE Ve AR = Lea ,

LE , "E
DE JUSTICIA NACIONAL 118 + L CAUSA CXXIV, 1 a El Padre Fray Lorenzo Morales, Provincial de la Órden a de la Merced en Córdoba, contra la Provincia de Ca- 7 tamarca, Sobre reivindicación. E —-

ul —Sumario.—1" El Sumo Pontífice, no tiene ni conserva el 1 dominio sobre bienes raices, sitos en territorio de la Repú x blica, y donados á Ordenes religiosas dentro de ella. ° 2 Una Orden religiosa existente en una Provincia, no puede estender sucursales á otra, sin las formalidades esta. + blecidas para su introduccion. a 3 Un Vicario estranjero no puede otorgar jurisdicción q dentro del territorio de la República, sin acuerdo de lus a autoridades civiles. E "4 Rechazada una accion por fnlta de personería en el E representante y en la persona representada, el subsana. —— +:

miento de la del primero no basta para dar nueva causa á E la accion, y promover de nuevo el juicio ya juzgado. :

a " Caso.—Dictado el fallo de la Suprema Corte, de 13 de — Julio de 1875, el apoderado del Padre Morales presentó el Y

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

73

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1875, CSJN Fallos: 17:113 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-17/pagina-113

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 17 en el número: 113 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos