destruido: de tal manera que, desde 1911 la laguna de Gómez embalsa una cantidad de agua muy superior de la que antes tenía de ordinario, elevando fácilmente su nivel hasta la cota 74 y convirtiéndola en un depósito permanente. (Véase informe pericial, fs. 24) Que antes de las construcciones aludidas, la Mamada Tnguna «le Gómez, que más que laguna era un terreno hajo y hondonado.
solia Jeaguarse por el Río Salado en las pocas de grandes Huvías, cuando stis aguas llegaban a la cota 7287. ( Vézse el mismo míorme, Es, 216), De tal suerte que el depósito de agua se hizo más permanente y st nivel se elevó de ordinario en un metro treve centímetros sobre el que antes tenía en su régimen natural, Con ello se Nenabaan dos objetivos fundamentales; el aumen te omsiderable de las aguas que debian alimentar los canales de navegación «que se construían y convertir a la laguna de Gómez en navegable pora las embarcaciones pequeñas destinadas a esos anales, € Página 50 de la Publicación Oficial del Canal del Norte y, Que está plenamente comprobando en autos que antes de la construcción del Canal del Norte, la laguna de Gómez no recibía las mevins de Mar Chiquita sino en años muy excepcionales de zrandes crecidas. y que ello tenía lugar solamente cuando pasahon de la cota 74.50, mientras después, a consecuencia del haje nivel que se dió al canal de toma, evta 7345, construido sobre La última, la afluencia de las aguas se comienza 3 hacer a un nivel de 0,70 menos, lo que rene como consecuencia que la primera de las lagunas nombradas recibe normalmente una cantidad mayor ee apra de la que antes recibía, la que le permite mantenerse casi constantemente a la cota 74. (Véase a fs. 217, 217 y. y 220).
fue, como consecuencia directa e inmediata de tas obras constritdas, la laguna de Gómez immida constantemente con stis agitas campos que antes permanecian indemnes, 0 cran rara vez inundados, substrayéndolos en absoluto del uso útil a que puedieron ser destinados por sts dueños, ya en la ganadería, ys en la agricultura, Entre otros está el lute de campo del demandante en
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Año: 1934, CSJN Fallos: 168:46
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