Dow Isasc Grinstcin y doña Rosa Holzcher de Grintcin, su concurso. Diligenciamiento de exharto.
Sumario: Es fundada en un caso la negativa de las autoridades judiciales de Mendoza a diligenciar en todas sus partes un exhorto de un Juez Civil de la Capital de la Nación, que envuelve un pedido de desposesión contra el Gobierno de dicha Provincia, a cuya Tesoreria ingresaron los fondos que se reclaman, desde que la entrega de ésios a aquélla se ha producido en una causa criminal, como consecuencia de una sentencia judicial que declaró que los mismos eran el producto de una falsificación realizada en fraude de aquel Estado.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
AUTO DEL JUEZ EN LO CIVIL
Buenos Aires, Agosto 9 de 190.
Autos y Vistos:
Mento lo solicitado y de acuerdo con lo dictaminado por el señor Agente Fiscal precedentemente y resultando que los fondos de referencia son el producto de una falsificación y por lo tanto no pertenece a los concursados don Isaac Grinstein y doña Rosa H. de Grinstein, librese el oficio correspondiente a fin de que dichos fondos sean transferidos a la Sucursal Mendoza del Hanco de la Nación y como pertenecientes al expediente 24.312 caratulado "Fiscal contra Isaac Grinstein y otros por falsificación de letras de tesorería de la provincia"; y a la orden del señor Juez que intervenga en dichos autos. Rep. las fojas. —Carlos A. Varangot. — Ante mi: A. Miguens.
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Año: 1933, CSJN Fallos: 167:204
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