Don Pablo Echarte (su sucesión) contra la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones de Empleados Ferroviarios, por indemnización, Sumario: Procede acordar los beneficios instituidos por el artículo 46 de la ley número 10.650, a los heredores del causante, en un caso en que, si bien aquél no formaba parte del personal ferroviario de una empresa en el momento del deceso, había sido separado con anterioridad, por razones ajenas a su voluntad.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
RESOLUCIÓN DE LA CAJA FERROVIARIA
Buenos Aires, Diciembre 23 de 1931.
Visto:
Que los sucesores del ex empleado ferroviario don Pahlo Echarte, solicitan la indemnización establecida por el articulo 46 de la ley 10.650; y Considerando:
Que de las constancias de autos se comprueba que el cat sante a la fecha de su deceso, ocurrido el 29 de agosto de 1932, no formaba parte del personal ferroviario, habiendo dejado de pertenecer al mismo con fecha 29 de abril de 1921 :
Que del texto del articulo 46 de la ley número 10.050 se desprende que para que el causante deje a sus sucesores derecho a la indemnización, es necesario que a la fecha ie su
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Año: 1933, CSJN Fallos: 166:436
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