5 . =- PALLOS DE LA CORTE SUPREMA Don Ismael Torres (su sucesión), contra la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones de Empicados Ferroviarios, zobre pensión.
Sumario: No resultando en el caso que el causante hubiera adquirido el carácter de empleado permanente indispensable para ser incluido en el régimen de la ley (Articulos 2" y 3', ley 10.050), no corresponde acordar a la viuda el beneficio de la pensión instituido por el artículo 20.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
RESOLUCIÓN DE LA CAJA FERROVIARIA
Buenos Aires, Diciembre 2 de 1931.
Visto que doña Josefa Suárez de Torres, por si y por sus hijos se presentan solicitando la pensión que puetda correspon-" derles con arreg'o a la legislación de jubilaciones y pensiones de ferroviarios cn su calidad de viuda e hijos del ex-empleado del Ferrocarril de Buenos Aires al Pacífico, don Ismael Torres; y Considerando :
Que el derecho a pensión alegado se funda en la circunstancia de haber fallecido <1 causante a consecuencia de un accidente de trabajo, lo que haria aplicable al caso la disposición del art.
20, inc. 2" de la ley 10.650.
Que si bien el hecho invocado ha sido probado en autos, eabe decidir si las disposiciones de la ley de jubilaciones y pensiones ferroviarias amparaban al causante, ya que en este expediente está probado que Torres en ningún momento llegó a prestar seis meses de servicios continuos.
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Año: 1933, CSJN Fallos: 165:338
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