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Fallos: 164:92 de la CSJN Argentina - Año: 1932

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LA FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
tanto, el perseguido y detenido por el oficial Russo dos días después, no puede lógicamente ser el mismo.

Por los fundamentos que preceden, filo condenando a Ventura Gonzá'ez y a Juan Anfosso, de la filiación ya enunciada, como coautores de los delitos de contrabando, y tentativa de cohecho de acuerdo con las disposiciones legales citadas, a la pena de tres años de prisión, con costas; y a Agustin Aguirre por el de falso testimonio. a dos años de prisión, inhabilitación —.

absoluta por dob'e tiempo de la condena, y costas; y declárase caidos en comiso los ochocientos cincuenta y siete kilos setecientos ochenta gramos de tejido de seda contrahandeado, como asimismo e! auto-camión marca Dodge, motor N" 1.063.141, chapa número 187 de Avellaneda, de propiedad del conductor Ventura Gonzá'ez, todo lo que se adjudica al oficial de policia don Domingo Russo, y a quien se entregarán previo pago de derechos y servicios fiscales que serán liquidados oportunamente por la Aduana. Deberá depositar también previamente la sumi de cinco mil pesos moneda nacional a la orden del Juzgado para responder a las costas.

Notifíquese, registrese, y ejecutoriada, librese oficio a la Poticia para la captura de Juan Anfosso, a quien se le computará la prisión preventiva sufrida. Reitérese la captura de Miguel Perlorenzo, oficiándese a la policia de esta provincia y Capital Federal, Cumplida y repuestas las fojas, archivese.

R. A. Leguizamón.


SENTENCIA DE LA CAMARA FEDERAL
La Plata, Abril 17 de 19.

Y Vistos:

Los recursos interpuestos contra la sentencia dictada a fojas 363 por el Juez Federal de La Pata en el proceso por contratando seguido contra Ventura González, Juan Anfosso, Agustin Aguirre y otros; y En

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Año: 1932, CSJN Fallos: 164:92 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-164/pagina-92

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