DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 4
DICTAMEN DEL PROFURADOR GENERA]
Buenos Aires, Abril 26 de 1932, Suprema Corte:
Por las consideraciones de hecho y fundamentos sostenidos por el Ministerio Fiscal, que doy por reproducidos, pido a V. 1.
revoque la sntencia apelada de fs. 46 y haga lugar a la extradición de Salvador La Rocca, solicitada por las autoridades de Italia, Horacio KR. Lorrets,
FALLO DE 1.4 CORTE SUPREWA
Buenos Aires, Abril 29 de 1912, Y Vistos:
Por sus fundamentos y teniendo en cuenta además, que eran le el Código Penal dice que se aplicará la ley más favorable vuando haya diferencia entre la vigencia a la época de Eu comión del delito y la que regía a la fecha del fallo, se refiere mo sale 5 lo atinente con la calidad y cantidad de la pena, sino a 10Sas las circunstancias que puedan influir en la importabilidad y sanción. por lo que también procede la aplicación del principio en +uanto » la no imerrupción del curso del término e plazo presa eriptorio, Par ello y vido el señor Procurador General, se confirmia la cemencia apelada, Notifiques: y devuélvanse, Konexro Rererto. — KR Gro LAVatar. — ANTONIO SAGUENA.— Jrmás Y. Pena.
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Año: 1932, CSJN Fallos: 164:335
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