10 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA el señor Procurador Fiseal, se declara que el ciudadano de la elase de 1911, Distrito Militar N" 2, matricula individual número 246.720, Jorge Spinelli, se encuentra comprendido dentro de los términos del artículo 63, inciso b) de la ley número 4707.
Notifiquese, expidase testimonio (ley 9689), librese oficio al Ministerio de Guerra, devuélvase la libreta de enrolamiento y repuesto el sello, archivese. — Eduardo Sarmiento.
Buenos Aires. Diciembre 23 de 1931.
Excma, Cámara:
El presente caso se encuentra previsto en las disposició» mes de la ley número 4707, cuyas causales deben interpretarse restrictivamente, Por ello y de acuerdo con lo resuelto por la Corte Suprema en el caso que se registra en el tomo 86 pág. 292 de la coleeción de sus fallos. procede revocar la sentencia apelada y declarar que el peticionante Jorge Spinelli no se encuentra comprendido en la exención que invoca. — Julián Paz.
SENTENCIA DE LA CAMARA FEDERAL
NHuenos Aires, Diciembre 31 ale 1931.
Y Vistos:
Atento lo resuclio por la Corte Suprema «Je Justicia de la Nación en el caso citado por el señor Procurador Fiscal de Cámara y que se registra en el tomo 86 pág. 292 , de su colección de fallos, se revoca la sentencia apelada de fojas 14, y en consecuencia, no se hace lugar al pedido de excepción del servicio militar formulado por Jorge Spinelli. Devuélvanse, -— 5. A. Nazar Auchorena. — Marcelino Escalada, — Rodolfo S, Ferrer, Carlos del Campillo,
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Año: 1932, CSJN Fallos: 164:108
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