Que el peticionante en este litigio no se encuentra en la hipótesis prevista por aquel artículo, desde que la separación imputable 0-10 al empleado. no se ha fundado en una decisión de la Administración de los Ferrocarriles del Estado, motivada en razones de economía o en ser innecesario los servicios, sino en macto de st propia voluntad, como ser la renuncia que presentó oportunamente.
Que esta solución es la misma a que ha llegado el Tribunal en otras oportunidades y en reclamaciones análogas (en autos "Marote y Miguel Opolko Lutyez e. Caja de Jubilaciones Ferroviarias" de 17 de Julio y 2 de Octubre de 1931, respectivamente).
En su mérito y de conformidad con lo dictaminado por el «eñor Procurador General, se revoca la sentencia apelada, en la parte que ha podido ser materia del recurso. Notifiquese y en su oportunidad devuilvase.
Rosero Reverro. — R. Guo Lavatte. — Jurián V. Pera.
Don Modesto Eduardo Camogti contra el Ferrocarril Central Avgentino, sobre cobro de pesos.
Sumario: No procede el recurso extmordimario del artículo 14, ley número 48, en un caso en que las cuestiones debatidas fueron resueltas por aplicación e interpretación de principios de derecho con, Caso: Lo explican las piezas siguientes:
Compartir
58Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1932, CSJN Fallos: 163:341
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-163/pagina-341
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 163 en el número: 341 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos