semencia apelada de fojas 48 en la parte que ha podido ser matorir eel recurso, Natifíquese y devuélvase, reponicralose el papel en el jue sui de origen.
J. Ficueros Arcorra, — Ronerro Rererro, — KR, Grino Lavarte, Jurrán V. Pena.
Señora Padurecco y Perdíiu comra don Pedro Acanzini. por mcurpación de marea de comercio, Someta: No prosede el recurso del articnlo 14, ley número 48, em TM crio eN que la cuestión piomtenda Mé resuelta por ra zmes de hecho y prueba.
Cunt Lo explican las piezas siginentes:
DICTAVES DEL PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Octubre 29 de 1951, Suprema Corte:
Lon señores Madaraceo y Hardin dedujeron acción erimimal comra los señores Soldati y Avanzni por estrpeción de la marca de comercio "Y aleasse", que los querellantes Vian re skrrado asu nombre, y solicitaron se aplicara a los artsaeos las penas que establece el artícnlo 28 ee ta ley 2075.
Los querellados alegaron cn str defensa que no habinn eo metido el delito que se tes impartabir, dido que Y: mercadería a pue se refiere la queria la habian compra a los imb=trio que la fnbrican.
Contra la reeiación de La Exclomísima Cámara que re
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Año: 1932, CSJN Fallos: 163:269
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