SENTENCIA DE LA CAMARA FEDENRSE 1E APELACIÓN Buenos Aires, Junio 10 de 1931.
Vistos y Considera:
Con sujeción a la ley 3975 sólo el agricultor. industrial e co merciante y para los objetos de st producción, industria 0 comerci. puede obtener el registro ide una mares u oponerse 3 eh. Una interpretación contraria de la tey uebrantaria <= propósitos fundamentales, Esto mismo está decidido por la Cámara al confirmar por su- femdamentos la sentencia de primera instancia en el enso de Saciete Vinicole de Champagne contra Juan A. Lagriffe, faMad el 29 de Abril ppdo.. domde el juez "a que" hizo mérito ie ee principio.
Por ello y los fudamentos de la sentencia apetada se la confirma, con costas. — E... Nazar Anchorena. -— Marectino Escehada, — José Marco, — Rodolfa S, Ferrer.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Septiembre 17 de 1931.
Suprema Corte:
Al interponer el recurso extraordinario para ante V. E. el recurrente no ha precisado cuál es el derecho o privilegio fundado en una clánsula constitucional o legal que le ha sido destovocido en la sentencia apelada, con lo que ha quedado sin Tlenarso el requisito exigido por el artículo 15 de la ley número 48 parí «que proceda el recurso entablado.
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Año: 1932, CSJN Fallos: 163:10
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-163/pagina-10
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