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Fallos: 160:430 de la CSJN Argentina - Año: 1931

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Abril lo de 1931 Suprema Corte:

En la presente causa sobre devolución de aportes solicitada por don Ricardo V. Sundblad 2 la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones de Empleados Ferroviarios, ha sido materia de discusión la interpretación de los artículos 23 y 44 de la ley número 10.656. habiendo sido la decisión final contraria al derecho que el peticionario invocó, fundado en dicha ley.

Existe asi el caso federal y de acuerdo con lo resuelto por V. E. en casos análogos, el recurso extraordinario de apelación deducido es procedente, atento lo dispuesto en el artículo 14 de la ley número 48.

Ha sido, pues, en mi opinión, bien concedido, y así pido a V. E. se sirva declararlo.

En cuanto al fondo del asunto, adhiero a la tesis sostenida por la Cámera Federal de Apelación de la Capital, atento a lo dispuesto en el articulo 4 de la ley número 10.650, y a la doctrina que informa la jurisprudencia sentada por Vv. E. enel cas que se registra en la página 411 del tomo 154 de la colesción de Fallos.

Soy, por ello, de opinión que corresponde confirmar la senrencia apelada de fs. 20 en la parte que ha podido ser materia «del recurso interpuesto.

Horacio K. Larreta.

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Año: 1931, CSJN Fallos: 160:430 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-160/pagina-430

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