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Fallos: 16:99 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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Pasados los múlos al Sr. Procurador General, prosontó la siguiente vista
SUPREMA CONTE DN JUSTICIA,
Buenos Aires, Julio 5 de de 1875.

El Procurador Jeneral, en vista de la domanda qué un — fraileque se titula Provincial de la órden de la Merced, ha inslaurado contra la provincia de Calamarca para que se le entregue un edificio en que hoy está establecido el Calegio Nacional, para poner en él un convento de frailes, por la razon de que antiguamento residia en él un conventa de la órden de la Merced, que por haber fallecido todos sus frailes quedo estinguido en 1823, dice: que esta domanda tiene tales defectos que V. E. no puede tomarla en consideracion.

El demandante pretende justificar su calidad de provincial de la órden de la Merced, con la cópia simple, sin autenticidad alguna de una patente espedida en Homa por cl General de la órden, én que se lo nombra por tal Provincial, pero fuera de que ese documento no tiene autenticidad, ál no puede hacerse valor en juicio, porque no ha sido prosentado al Gobierno ni obtenido el puse, que es indispansable para darlo valor.

Dios sl demandante que esé documento no necesita el pase del Gobierno, porqué él se rellere al régimen interipr del convento. En esto se equivoca, porque un Provincial tiene jurisdiecion sobre todos los conventos de la órden, situados en la República y la jurisdiccion no puedo ejercerso sín pormiso del Gobierno.

ai nú que la Toy 64, título 14, libro 4, de la Nacopilacion

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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:99 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-16/pagina-99

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