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Fallos: 16:277 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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CAUSA LIX, Criminal, contra D. Guillermo de Oro Videla, D. Juan Tejada, D. Narcivo Bravo, y D. José Puebla, por del:.to de rebelion.

Sumario.— 1° Amistiado el delito, debe sobreseerse en la causa y quedar sin efecto la condenación en costas, dictada en la sentencia de 4° Instancia, 20 La reserva de las acciones civiles contenida en la misma sentencia, queda sulsislente.

Cam.-—Ante el Juzgado de Seccion de San Juan, se siguió contra los Sres. D. Guillermo de Oro Videla, Juan Tejada, Narciso Bravo y José Puebla, causa criminal por complicidad en la rebelion de 4874, y se dictó el siguiente Fallo del Jusa de Seccion.

San Jusn, Mayo 19 de 1875.

Vista la presente causa criminal contra D. Guillermo de Oro Videla, Juan Tejada, Narciso Bravo y José Puebla, por participacion ) complicidad en el delito de rebelion nacio»

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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:277 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-16/pagina-277

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