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Fallos: 16:141 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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codimientos nagionales, y reconociendo en st escrito de contoslación 4 1a demanda que el propietario .nlerior 4 Palacios lo ura el vasto Pedro N. por quien aparece eslendida In esorilura en favor de éste, 5 Que habiendo por consiguienta aceptado la entrega y satisfechole- las titulos al Dr. Costa, antes de caer en mora el vendedor Palacios, tiene al derecho de pedir el presio y el cumplimiento, tanto por el principio genoral de que los convenios son ley entre las contrayentes de la convencion de F, 19, cuanto porque cumplidas las obligaciones del vendedor tiene derecho al pago del precio.

Por estos consideraciones full que el Dr. D. Angel Flor Costa oble en el Banco Nacional á los diez días de notificado y la órden de esto Juzgado la sumo 145,000 $ m/e. como precio de la venta de un terreno comprado en San José de Flores 4 D: Morcefino Palacios para que, óstendida que lo sea por este la escritura respectiva en el plazo de tres días despues de la obligacion, sean entregadas al vendedor Señor Palacios, con los intereses logales desde la demanda. ligase saber, y repónganes los sellos, y notifíquese con el orijinal, húduro Albarracín.

Fallo de la Suprema Corte.

Nuevos Aires, Mayo 15 de 1875, Vislos: por sus fundamentos, se confirma con costas el mulo apelado de foja treinta y siete; satisfechas las de la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse, Satvanon M. ber. Ganmir. — Francisco Decio. —Jost Bannos Pazos.— 1 B. Conosmiaca.—. Domnovez,

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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:141 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-16/pagina-141

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