tra la demandada con costas; levánteso igualmente el embargo preventivo que fué decretado; y repónganse los sellos.
Antonio - Zarco.
Fallo de la "uprema Corto. :
Buenos Aires, Mayo 1° de 1875, Vistos: por sus fundamentos y considerando esperialmente con respecto al vicio objetado contra la venta, por no aparecer en la escritura la venía del marido de la vendedora Don Leonardo Quiroga, que el silencio guardado por este hasta su muerte, 4 pesar de habor estado presenciando la ejecucion del contrato, debe repularse como una conformidad tácita de lo que en la misma escrilura se espresa sobre el particular; se confirma con costas la sentencia apelada de foja doscientos treinta; satisfechas las de la instancia y repuestos los sellos, devaéivanse.
SaLvanon M'° pet Cannit.— José Bannos Pazos.—J. B. GonosMAGA. — 3. Domincuez, — O
Compartir
57Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1874, CSJN Fallos: 16:133
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-16/pagina-133
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 16 en el número: 133 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos