por lo tanto procedente, el recurso extraordinario interpuesto contra un fallo pronunciado en un juicio contencioso administrativo.
' El procedimiento administrativo no excluye la intervención judicial que puede ser provocada por vía de recurso 0 por acciones ordinarias.
3 La garantia de la inviolabilidad de la defensa en juicio consagrada por el artículo 18 de la Constitución no requiere que las causas se ventilen en varias instancias.
4° No es violatorio de los preceptos constitucionales, ni afecta la división de los poderes del Estado ni las atribuciones concedidas a cada uno de ellos, la competencia y procedimiento determinado por la ley número 11.570.
Cuso: Lo explican las piezas siguientes :
RESOLUCIÓN DEL DEPARTAMENTO DEL TRABAJO
Buenos Aires, Noviembre 30 de 1929.
Vistos para dictar la resolución correspondiente, este sumario administrativo seguido contra José Mariño Vázquez, por infracción a la ley 4661 ; y Considerando :
Que a la audiencia pública con que se inicia la intrucción del sumario administrativo establecido por la ley 11,570, concurren el inspector de este Departamento que comprobó los hechos consignados en el acta de fs. 1 y los acusados que lo hacen asistidos por el doctor Clodomiro Zavalia.
Que, como lo tengo resuelto en el sumario número 280 seguido contra don Casimiro Blanco, por infracción a la ley 11.338,
Compartir
66Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1930, CSJN Fallos: 157:387
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-157/pagina-387
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 157 en el número: 387 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos