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Fallos: 156:17 de la CSJN Argentina - Año: 1929

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Don Manuel Romero Daponte (su sucesión). Contienda de competencia.

Sumario: Corresponde atribuir mayor eficacia legal al testimonio de cuatro testigos, uno de ellos el médico del causante y .

los otros compañeros de trabajo de éste, que corroboran sus afirmaciones por circunstancias precisas, que al de dos testigos que no acreditan la razón de sus dichos, para dejar establecido cuál fué el último domicilio del de cujus; máxime cuando el testimonio de estos testigos se halla corroborado por la partida de defunción.

¿ Cuso: Lo explican las piezas siguientes:


DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Septiembre 16 de 1929.

Suprema Corte:

Manuel Romero, de estado soltero, falleció en General Pinto Provincia de Buenos Aires) el 27 de Febrero de 1925.

Denunciado el hecho por un tercero en 13 de Junio de 1928 ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Mercedes, de la misma provincia, solicitó aquél se declarara vacante la herencia. :

El Juzgado abrió el juicio sucesorio nombrando un curador provisorio de los bienes. , Posteriormente, el 11 de Julio del mismo año, una media hermana del causante inició su sucesión ante el Juzgado de 1° Instancia en lo Civil de la Capital de la Nación.

Ambos magistrados, que atribuyen a Romero su último do

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Año: 1929, CSJN Fallos: 156:17 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-156/pagina-17

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