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Fallos: 152:366 de la CSJN Argentina - Año: 1928

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35 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA

NOTAS
Con fecha tres de Septiembre de mil huvecientos veintiocho la Corte Suprema de conformidad con lo dictaminado por el Señor Procurador General declaró improcedente el recurso extraordinario deducido por don Rafael Llerena, en la denuncia formulada por el mismo ante el Juzgado Federal de Córdoba, contra el eomando de la IV Región Militar, por violación a las disposiciones de la ley 11.386 Y su deereto reglamentario, en razón de que, cualesquiera que hubieran sido las catisas que determinaron ala autoridad militar, encargada de ejercitar el cumplimiento de la citada Jey, a dictar la disposición impugnada, era el caso que no existia planteada ninguna cuestión federal que hiciera procedeitte el recurso extraordinario que autoriza para casos determinados la ley N" 48 en sus arts, 14 y 5. :

En la misma fecha se declaró improcedente el recurso delucido enla cansa "Procurador Fiscal contra Carlos Moskafian, por infracción al art. 21 de la ley 11.386", sobre enrolamiento, En razón de que la sentencia de la € "mara Federal de Córdoha «que confirmaba por stis fundamentos el auto del Juez Federal, por el que se dispuso de acuerdo con lo dispuesto por el art. 305 del Código de Procedimientos cn lo Criminal, convertir en prisión preventiva la detención que sufria el procesado, no tenía a los efectos del recurso extraordinario que autorizan el art. 6" de la ley 4035 y 12 del Código citado, carácter de definitiva, como que es un simple auto interlocutorio que no pone fin al proceso y Mi siquiera causa instancia, puesto que puede ser modificado 9 revocado en cualquier estado de la causa,

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Año: 1928, CSJN Fallos: 152:366 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-152/pagina-366

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