16 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA re Que no obstante, corresponde establecer que los empleados del Banco de la Nación, después de la sanción del Código Penal vigente y a mérito de su art. 77, deben ser considerados como "empleados públicos" o "funcionarios públicos" que custodian caudales de un Banco de Estado de cuya solvencia es responsable la Nación.
Por estos fundamentos y sus concordantes, se confirma con costas la sentencia de fs. 919 en la parte apelada. Notifiquese y devuélvase para su cumplimiento.
A. DErsEJO, — J. FIGUEROA AL-
CORTA, — Ronertro REPETTO, — R. Grivo Lavar.Le.
Don Juan Rivada contra la Compañía Unión Telefónica. sobre daños y perjuicios, Sumario: Corresponde a la justicia federal, retione materia, el conocimiento de una demanda contra la Compañía Unión Telefónica, por daños y perjuicios, que se dicen ocasionados al actor, por haber aquélla procedido a cambiar los números del aparato telefónico de éste y haciendo figurar los anteriores a nombre de otra persona, todo ello antes de la publicación de la nueva guía.
Caso: lo explican las piezas siguientes: .
Compartir
79Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1928, CSJN Fallos: 152:16
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-152/pagina-16
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 152 en el número: 16 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos